Compromiso de Cable Éxito con la protección de los niños, niñas y adolescentes en el entorno digital y cumplimiento de la Ley 679 de 2001.
Protegiendo la inocencia y felicidad de nuestros niños en el entorno digital
Por mandato de la Ley 679 de 2001, todas las personas deben prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicitación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad, por cuanto podría generar responsabilidad de tipo penal.
Esta ley se expidió con base en el artículo 44 de la Constitución Política y su objetivo primordial es proteger a los niños de la explotación y el abuso sexual y velar por que tengan un desarrollo sano e integral.
En los siguientes lugares de Internet podrá realizar denuncias relacionadas con sitios y contenidos de pornografía de menores de edad y páginas electrónicas en las que se ofrezcan servicios sexuales con niños:
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